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Recursos humanos

La corte como empleador

La corte emplea a unas 150 personas en más de 10 categorías laborales, que van desde el apoyo administrativo a puestos de nivel profesional.

El empleo en la corte se rige por la Ley de Protección y Gobernanza del Empleo de la corte de primera instancia y no está cubierto por las reglas de servicio civil.

La corte es un empleador que promueve la igualdad de oportunidades y alienta las solicitudes de todas las personas independientemente de su raza, origen étnico, origen nacional, religión, género, orientación sexual, estado civil, edad o discapacidad.

Si desea información sobre oportunidades profesionales y vacantes, visite la página Oportunidades profesionales.

Haga clic en los siguientes temas para obtener más información.

La corte ofrece cobertura de seguro médico, dental y de la vista a los empleados y sus dependientes. Hay un plan médico EPO de Anthem Blue Cross, un plan dental proporcionado por Delta Dental y un plan oftalmológico proporcionado por Vision Service Plan (VSP).

La corte proporciona un seguro de vida básico obligatorio, pagadero a un beneficiario designado. La corte también ofrece un seguro de vida complementario opcional. Para la mayoría de los grupos de empleados, hay una participación obligatoria en el programa del Seguro de Discapacidad Estatal.

Los empleados de tiempo completo reciben trece (13) días feriados pagados al año.

Dependiendo del puesto, los empleados de tiempo completo tienen un mínimo de diez (10) días al año durante los primeros cinco años, con aumentos a intervalos designados en los años siguientes, en función de las horas trabajadas.

Los empleados de tiempo completo acumulan doce (12) días de licencia por enfermedad al año, que pueden acumular de forma ilimitada.

Todos los empleados de tiempo completo tienen derecho a participar en un plan voluntario de gastos flexibles.

Los empleados de la corte participan en el plan de jubilación de beneficios definidos de MercedCERA contemplado en la Ley de Jubilación de Empleados del Condado de 1937 (CERL, por sus siglas en inglés). El plan específico depende de la fecha de contratación del empleado y de las disposiciones de la Ley de Reforma de las Pensiones de los Empleados Públicos de California (PEPRA, por sus siglas en inglés) de 2013. Todos los empleados de tiempo completo están inscritos en el plan. Los beneficios del plan se basan en la edad en el momento de la jubilación, los años de servicio y la compensación. El plan de jubilación tiene reciprocidad con otras organizaciones del Sistema de Jubilación de la Ley de 1937 y con el Sistema de Jubilación de Empleados Públicos de California (CalPERS, por sus siglas en inglés). Puede comunicarse con MercedCERA al teléfono (209) 726-2724.

Todos los empleados de tiempo completo pueden participar en un plan voluntario de compensación diferida contemplado en la sección 457 del Código de Impuestos Internos pagado al 100 % por el empleado.

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